Protocolo médico-forense de valoración urgente del riesgo de violencia de género

  • Países donde se desarrolla: España
  • Ámbitos: estatal,
  • Año de inicio: 2011
  • Promovido por:

    Ministerio de Justicia

    C/ San Bernardo, 45 - 28015 Madrid

    91 837 22 95

    http://www.mjusticia.gob.es

  • Documentación complementaria:
  • Organizaciones asociadas:

    Delegación del Gobierno para la Violencia de Género; Consejo General del Poder Judicial; Fiscalía General del Estado; Ministerio del Interior; Consejo General de Abogacía Española.

Objetivos

El Ministerio de Justicia a petición de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género publica el Protocolo médico-forense de valoración urgente del riesgo de violencia de género dirigido a equipos profesionales forenses que ejercen en las Unidades de Valoración Forense Integral (UVFI) de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses. El Protocolo se concibe con un objetivo eminentemente operativo, que responda a la inmediatez procesal en la que se enmarcan gran parte de los temas relativos a la violencia machista en el ámbito judicial, muy especialmente de los dirigidos a la protección de las mujeres que los sufren.

Metodología

La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género solicitó la colaboración del Ministerio de Justicia con el fin de valorar la posibilidad de implantar, entre otros protocolos de actuación de las y los médicos forenses, un procedimiento de valoración del riesgo de violencia de género que pudiera ser emitido en un plazo inferior a 72 horas en los casos urgentes.

La valoración médico-forense del riesgo de violencia de género precisa de una metodología que le dote de rigor científico y que sirva de interés predictivo del comportamiento violento en el futuro de cara a la protección de las víctimas. Se estructura en 5 grandes apartados:

  • Fuentes de información.
  • Valoración basada en un juicio clínico estructurado: Anamnesis y entrevista con el agresor y recogida sistemática de los factores de riesgo de la violencia de género.
  • Pruebas complementarias: Aplicación de la Escala de Predicción del Riesgo de violencia contra la pareja, versión revisada (EPV-R de Echeburúa y cols. 2010) y otras pruebas que la o el médico forense estime oportunas pero que sean compatibles con la emisión urgente del informe.
  • Valoración médico-forense del riesgo de violencia de género.
  • Emisión del informe médico-forense de valoración del riesgo de violencia de género.

Además incluye la Guía de uso: Cuestionario de valoración del riesgo de violencia grave en la relación de pareja, cuyo objetivo es facilitar la valoración de riesgo. Ésta recopila 20 ítems, de las cuales algunos son más fáciles de cumplimentar, pero otros pueden resultar más subjetivos:

  1. Procedencia extranjera del agresor o de la víctima.
  2. Separación reciente o en trámites de separación.
  3. Acoso reciente a la víctima o quebrantamiento de la orden de alejamiento.
  4. Existencia de violencia física susceptible de causar lesiones.
  5. Violencia física en presencia de descendientes o resto de familiares.
  6. Aumento de la frecuencia y de la gravedad de los incidentes violentos.
  7. Amenazas graves o de muerte.
  8. Amenazas con objetos peligrosos o con armas de cualquier tipo.
  9. Intención clara de causar lesiones graves o muy graves.
  10. Agresiones sexuales en la relación de pareja.
  11. Celos muy intensos o conductas controladoras sobre la pareja en los seis últimos meses.
  12. Historial de conductas violentas con una pareja anterior.
  13. Historial de conductas violentas con otras personas (amistades, compañeros/as de trabajo…).
  14. Consumo abusivo de alcohol y/o drogas.
  15. Abandono de tratamientos psiquiátricos o psicológicos.
  16. Conductas frecuentes de crueldad, de desprecio a la víctima y de falta de arrepentimiento.
  17. Justificación de las conductas violentas.
  18. Percepción de la víctima de peligro de muerte en el último mes.
  19. Intentos de retirar denuncias previas o de echarse atrás en la decisión de abandonar o denunciar al agresor.
  20. Vulnerabilidad de la víctima por razón de enfermedad, soledad o dependencia.

Elementos para la consideración como Buena Práctica

Se trata de una herramienta de trabajo no excluyente sino integradora respecto a la intervención de otro tipo de profesionales, ya que puede ser complementaria en fases posteriores.

Responde a la necesidad de implementar un modelo reconocible y compartido en todo el territorio dependiente del Ministerio de Justicia, articulando para ello los mecanismos de coordinación pertinentes.

Además, el diseño de utilización sencilla y práctica, permite orientar y ayudar a la autoridad judicial y, en su caso, al Ministerio Fiscal, respecto a la adopción de las medidas oportunas en temas de violencia de género.

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