Red de Ciudades contra la violencia hacia las mujeres

  • Países donde se desarrolla: España
  • Ámbitos: local,
  • Año de inicio: 2000
  • Promovido por:

    RED DE CIUDADES CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES

    Concejalía de la Mujer del Ayuntamiento que preside

    No procede

    secretaria@redciudades.org

    http://www.redciudades.org

  • Documentación complementaria:
  • Organizaciones asociadas:

    Ayuntamientos de Alcalá de Henares, Algete, Coslada, Getafe, Leganés , Parla, Rivas-Vaciamadrid, San Martín de la Vega, Torrejón de Ardoz,Alcobendas, Collado Villalba, Fuenlabrada, Humanes, Móstoles, Pinto, San Fernando de Henares, San Sebastián de los Reyes, Velilla de San Antonio, Arganda del Rey, Mejorada del Campo.

La respuesta a la Violencia de Género debe plantearse desde una perspectiva integral y multidisciplinar, a través de Programas locales contra la Violencia hacia las mujeres, que garanticen, fomenten e implementen actividades y fórmulas preventivas junto a una atención de alta calidad para las víctimas. Siempre que resulte materialmente posible, especialmente en las situaciones de emergencia, la atención a las víctimas de violencia de género debe realizarse en cada una de las áreas por mujeres expertas.
 
En los supuestos de las profesiones masculinizadas deberían desarrollarse acciones positivas para favorecer una mayor participación de la mujer en las mismas. Tanto en el diseño como en el desarrollo de estos Programas Locales contra la Violencia hacia las mujeres, deben participar activamente todas las áreas municipales que puedan ser receptoras de mujeres víctimas de malos tratos: Mujer, Policía Local y Servicios Sociales bajo la coordinación, el impulso y seguimiento de la Concejalía /Área de la Mujer dotándola de los recursos necesarios para ello.
 
Además, se debe impulsar la participación en los mismos de otras instituciones públicas extramunicipales, que puedan ser puerta de entrada en los itinerarios o deban intervenir en los momentos del proceso como: Juzgados, Cuerpos de Seguridad, Centros de Atención Primaria y Servicios de Urgencia, Asociaciones de Mujeres expertas, que gestionen recursos específicos para las mujeres maltratadas.
 
La creación de una Red de Ciudades contra la Violencia hacia las Mujeres:
 
  • Es una estrategia a largo plazo para acabar de forma estructural con un problema que mina el desarrollo y "restringe las posibilidades de elección de las mujeres" (UNIFEM).
  • Es la unión de voluntades políticas.
  • Es el compromiso por “reorganizar” los procesos políticos desde una perspectiva de género con el objetivo puesto en intervenir a todos los niveles y en todas las etapas de estas actuaciones.
Materiales y documentación protocolizada imprescindibles en el desarrollo de todos los programas:
 
  • Protocolo de actuación Sanitaria
  • Protocolo de actuación Jurídica
  • Protocolo de actuación Policial
  • Protocolo de actuación Social
  • Soportes documentales comunes
  • Materiales de apoyo a las mujeres víctimas de violencia (como soporte profesional)
  • Soportes informáticos para la cuantificación de datos
  • Software común para los miembros de la RED
La interacción de las administraciones locales, dada su proximidad a la ciudadanía, se advierte como la práctica más eficaz, no solo para la detección precoz, sino también para dar respuestas de urgencia y seguimiento en los servicios imprescindibles para la obtención de buenos resultados.
 
Queda patente en este sentido la pertinencia de una coordinación de las administraciones locales, como la que se prevé bajo el rótulo RED DE CIUDADES CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. En consecuencia se ha de resaltar como uno de los medios más efectivos para combatir la violencia de género, la puesta en práctica de organismos intermunicipales.
 
Tal propósito está amparado por la Constitución Española en cuyo artículo 39.1.y 2., se establece que los Poderes públicos aseguren la protección social y económica de la familia, la protección integral de las hijas e hijos, etc. bajo el mismo principio establece en el artículo 43.1 y 2 la protección a la salud por la adopción de medidas preventivas y prestaciones de los servicios necesarios, etc.
 
Obvia decir que la misma obligación corresponde en su ámbito de competencia a los poderes públicos de la Administración Local, en cuyo nivel político administrativo está prevista la elección de agrupaciones intermunicipales para desarrollar fines comunes, incluso sobrepasando los municipios agregados los límites propios de cada provincia (c.f.r. artículo 141.3 c- Constitución española). Y ello con la consiguiente repercusión presupuestaria (art. 142 c).
 
Todo lo cual está en absoluta concordancia con lo dispuesto en la Carta Europea de la Administración Local de 15 octubre de 1985 (art. 10 de la Carta), preceptos todos ampliamente desarrollados en la legislación española vigente en la materia de Administración Local que aquí concierne.
 
Acuerdos de actuación de la Red
 
  1. Cuando existe Violencia de Género las intervenciones de las instituciones públicas deben ir dirigidas a proteger y apoyar a los hijos e hijas y al progenitor no violento.
  2. Las políticas de la RED han de ir encaminadas no sólo a paliar la violencia ya asentada y la atención de aspectos uni-causales, sino incidir activamente para que la urgencia y la profesionalización no eclipsen el cambio social, imprescindible para la consolidación y eficacia de las políticas preventivas.
  3. Las mujeres tienen derecho a que se les garantice su integridad psico-física.
  4. La búsqueda de la seguridad para la mujer y sus hijos e hijas, debe ser una parte esencial de la intervención que garantice a su vez la recuperación integral.
  5. Ninguna mujer debe ser instada a permanecer en una situación peligrosa o violenta.
  6. Todos los municipios adscritos a la RED asumen que la in­tervención, para ser efectiva, debe incluir simultáneamente asesoramiento legal, asistencia psicológica especializada, apoyo social, protección y atención integral en (o a través de) centros especializados que garanticen, en un futuro, el derecho de la mujer a vivir segura y de manera independiente.
  7. Los Gobiernos Locales se comprometen a presupuestar partidas destinadas a garantizar las necesidades básicas de las mujeres maltratadas.
  8. Las Instituciones Municipales deben apoyar la creación de Centros de Encuentro que garanticen la seguridad de los niños/as y eviten el riesgo y la manipulación que el régimen de visitas puedan suponer para las mujeres y sus hijos /as por parte del agresor.
  9. Las mujeres que padecen violencia de género requieren actuaciones diferentes a las que se utilizan en los casos donde ésta no existe, por consiguiente, dada la peligrosidad del agresor (tanto para la mujer como para las y los menores) debe cuidarse especialmente el establecimiento del régimen de visitas.
  10. La meta de las acciones de la RED debe de ser cuidar simultáneamente a las víctimas adultas y  menores. Detrás de una mujer maltratada hay infancia maltratada; por lo tanto, la recuperación de la infancia pasa por la previa recuperación de la madre y su seguridad depende de la seguridad de ésta.
  11. Las terapias de pareja o de familia están contraindicadas en los casos en que se ha revelado comportamiento violento.(Schechter y Gary, 1992).
  12. La RED impulsará la colaboración con todos los servicios de atención primaria para mejorar la respuesta a la Violencia de Género. Todos los y las profesionales de atención directa en el ámbito local, deben incorporarse a los procesos de detección temprana de situaciones de violencia y unirse coordinadamente a los grupos de profesionales y expertos de la RED que formen parte de las comisiones de seguimiento.
  13. Es premisa imprescindible el mantenimiento de la responsabilidad de los agresores en la autoría de sus actos violentos. Se huirá de todo comportamiento que minimice, fundamente o justifique los actos violentos. El maltrato, sin perjuicio de sus consecuencias en el plano del Derecho Civil, no puede dejar de enmarcarse en el ámbito penal que le corresponde por su carácter delictivo.
  14. La RED fomentará políticas encaminadas a la implicación de los varones en la erradicación de la Violencia de Género, bajo la premisa de la modificación de aquellas costumbres y acciones socializadoras que fomenten la trasmisión y consolidación de los privilegios masculinos.
  15. La RED de Ciudades contra la Violencia de Género exige a las Comunidades Autónomas y al Estado el cumplimiento de sus obligaciones subsidiarias respecto a los Ayuntamientos. En la misma medida los Gobiernos Municipales se comprometen a utilizar estos recursos financieros recibidos para garantizar las acciones precisas que erradiquen la Violencia de Género.
  16. La RED de Ciudades contra la Violencia de Género aboga por las modificaciones legislativas encaminadas a obviar los obstáculos creados por la dispersión de las normas. En esa medida apoya cuantas iniciativas intenten poner fin a la ineficacia de la actual situación con especial interés en las disposiciones legislativas que incorporen un enfoque integral.
  17. Los municipios adscritos a la RED se comprometen a fomentar el uso de un Multi-protocolo conjunto.
  18. Los municipios adscritos a la RED se comprometen a promover el uso compartido (bajo criterios comunes) de herramientas informáticas y estadísticas para la recepción de datos incluyendo en cada área las características que puedan serles propias según sus competencias.
  19. Igualmente se comprometen a diseñar y compartir indicadores de evaluación.
  20. Los municipios adscritos a la RED se comprometen a fomentar convenios que faciliten el uso compartido de recursos y de experiencias que refuercen la seguridad de las mujeres que así lo reclamen.
  21. Los municipios adscritos a la RED se comprometen a realizar materiales publicitarios y formativos que fomenten la compresión de la problemática con adecuación a diferentes edades y momentos del problema.
Las líneas básicas de trabajo se establecen en dos niveles y cuatro ejes fundamentales:
 
  • En la línea de la prevención primaria
    • La concienciación de la población general sobre la gravedad del maltrato incluyendo como agentes específicos de cambio a los varones
    • Materiales publicitarios preventivos para niños / as, adolescentes y mujeres víctimas que fomenten la capacidad de percepción de la violencia y les ayuden a definir qué es y no es abuso.
  • En la línea de la prevención secundaria
    • Los relativos al conocimiento de los recursos existentes
    • El fomento entre las víctimas de la confianza, la seguridad y las expectativas de la recuperación (salida de la problemática).
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